Las MiPymes gestionarán directamente la solicitud de crédito con su entidad financiera de confianza.
CONOZCA LA INSTITUCIONES FINANCIERAS PARTICIPANTES
Se detallan los requisitos para ser beneficiario de esta línea de financiamiento:
¿Cuáles son las condiciones para el Beneficiario Final del Producto de Segundo Piso Financiamiento Productivo MiPymes-BM?
- a. Ser una Mipyme
- b. Estar legalmente constituida en Ecuador.
- c. Cumplir con los requisitos legales establecidos en la normativa ecuatoriana.
- d. Tener capital 100% privado.
- e. No tener como actividad principal aquellas mencionadas en la lista de exclusión.
- f. No tener ninguna vinculación con la entidad financiera que financia el crédito, ni con CFN B.P. de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico Monetario y Financiero.
¿Qué se podrá financiar con el producto Financiamiento Productivo MiPymes-BM?
Activos fijos: El proyecto financiará infraestructura, equipamiento y maquinaria (o las actividades que apliquen) que sean sustancialmente más eficientes que las utilizadas previamente o eficiencia energética que exceda a la utilizada previamente. El principio general para las actividades de eficiencia energética es que las actividades son sustancialmente más eficientes que las tecnologías o procesos reemplazados.
Incluye financiamiento de bienes muebles e inmuebles. No se permite el financiamiento de bienes muebles e inmuebles para alquiler o vivienda. Tampoco se permite el financiamiento de cualquier tipo de vehículos livianos para uso personal. Se permite el financiamiento de terrenos siempre que sean parte de un proyecto de una actividad productiva y existan inversiones productivas adicionales, que no se enmarque en las condiciones de la Lista de Exclusión y que cumpla con los procedimientos establecidos para dicho fin de acuerdo al SGAS de CFN B.P.
Capital de trabajo: Se financian costos y gastos relacionados con el objeto social o actividad del beneficiario final. Se permite el pago de proveedores del giro de negocio y no se podrá financiar el pago de obligaciones del sistema financiero nacional público y privado y del mercado de valores, además de pagos a accionistas o relacionados y terceros.
Se pueden financiar todas las actividades financiables de acuerdo a lo establecido en la Normativa CFN, Libro I Operaciones, en el Anexo 1 del Manual de Operaciones Activas y Contingentes y las actividades cuya clasificación de riesgo ambiental y social sea Moderada o Baja de acuerdo al Sistema de Gestión Ambiental y Social de la Institución.
Se permite financiar actividades relacionadas al comercio.